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¿Conoces las novedades tributarias y fiscales para 2026?

Cuáles son y cómo afectan a tu negocio a nivel nacional, Navarra y País Vasco

TERRITORIO NACIONAL

Antes de terminar 2025, el Gobierno aprobó un Real Decreto-ley que prorroga varias medidas destinadas a hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social e incorpora actuaciones urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social. Entre ellas, se incluyen distintas medidas fiscales que afectan al IRPF, el IVA (relativo al régimen simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca), y al Impuesto sobre Sociedades. Te resumimos a continuación todos los detalles:

Cambios en la entrada en vigor de Verifactu

Una de las novedades fiscales de cara al ejercicio 2026 es la ampliación del plazo de adaptación a Verifactu. Con el marco actual, quedan como fechas definitivas para la adaptación el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de empresas y autónomos.

El nuevo sistema Verifactu afectará a todos los contribuyentes que desarrollen actividades económicas, tanto si están sujetos a IRPF como si lo están al Impuesto sobre Sociedades. Se trata de un sistema impulsado por la Agencia Tributaria que tiene como objetivo la lucha contra el fraude fiscal, así como impulsar la digitalización y automatización de los procesos de fiscalidad empresarial.

Nuevas obligaciones de información para empresas, autónomos y entidades financieras

El Real Decreto 253/2025 introduce novedades en materia de información fiscal que afectarán, desde el 1 de enero de 2026, a empresas, autónomos y entidades financieras. Aunque esta obligación de información afecta, en esencia, a las entidades financieras, bancarias, de crédito y de dinero electrónico, autónomos y empresarios deberán extremar el cuidado a la hora de mantener al día su gestión de transacciones comerciales para evitar posibles incongruencias que se traduzcan en sanciones, que pueden llegar al 150 % sobre la cantidad dejada de ingresar.

  • En lo que respecta a empresarios y profesionales establecidos en España adheridos a sistemas de gestión de cobros mediante tarjetas, se reformula la obligación de información por parte de las entidades “con el objeto de incluir cualquier tipo de tarjetas, así como los sistemas de cobro asociados a un número de teléfono móvil”, como es el caso de Bizum.
  • Además, se modifica la periodicidad del suministro de la información por parte de las entidades con respecto a las cuentas y sistemas de gestión de cobros a los que se encuentren adheridos los empresarios y profesionales, que pasa de ser anual a mensual.
  • Desaparece el umbral anual neto de 3.000 euros en relación con dichos cobros. Sin embargo, en relación con las cuentas, la información de carácter económico solo deberá facilitarse en la declaración correspondiente al último período mensual de cada año.
  • Finalmente, se añade una nueva obligación informativa de carácter anual relativa a operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas, que se refiere al “total anual de los abonos, cargos, recargas y retiradas en efectivo y operaciones de gasto en establecimientos, quedando excluidas aquellas tarjetas cuyos importes de cargos y de abonos en el año no hayan excedido de 25.000 euros.”

Nuevas ventajas fiscales para pymes en el Impuesto sobre Sociedades

El Impuesto de Sociedades incluye en 2025-26 nuevos tramos y beneficios fiscales para pymes, micropymes y empresas de nueva creación.

Entidades de reducida dimensión

  • Régimen definitivo: 20 %
  • Régimen transitorio:
    • Períodos impositivos que se inicien dentro del año 2025: 24 %
    • Períodos impositivos que se inicien dentro del año 2026: 23 %
    • Períodos impositivos que se inicien dentro del año 2027: 22 %
    • Períodos impositivos que se inicien dentro del año 2028: 21 %

Microempresas (INCN del período impositivo inmediato anterior inferior a 1 millón de euros)

  • Régimen definitivo:
    • Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 50.000 euros, al tipo del 17 %
    • Por la parte de base imponible restante, al tipo del 20 %
  • Régimen transitorio:
    • Períodos impositivos que se inicien dentro del año 2025:
      • Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 50.000 euros, al tipo del 21 %.
      • Por la parte de base imponible restante, al tipo del 22 %
    • Períodos impositivos que se inicien dentro del año 2026:
      • Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 50.000 euros, al tipo del 19 %
      • Por la parte de base imponible restante, al tipo del 21 %

Además, las empresas de nueva creación tendrán un tipo reducido del 15 % durante los dos primeros ejercicios con base imponible positiva como medida para incentivar la actividad emprendedora.

Novedades en el IRPF 2026

  • De cara al ejercicio 2026 hay novedades en cuanto al método de estimación objetiva del IRPF. Tal y como recoge la Orden HAC/1425/2025, de 9 de diciembre de 2025, se mantienen la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación.
  • En cuanto a la reducción del rendimiento neto de módulos aplicable a todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad económica con arreglo al método de estimación objetiva, será del 5 %. Esta reducción se tendrá en cuenta para cuantificar el rendimiento neto a efecto de los pagos fraccionados.
  • Se elimina la obligación universal de presentar la declaración de la renta para todas las personas beneficiarias de prestaciones y subsidios por desempleo. De esta forma, para la presentación del IRPF 2025 y ejercicios sucesivos, quienes se encuentren en esta situación solo tendrán que presentar la declaración si procede de acuerdo con el artículo 96 de la Ley 35/2006 del IRPF.
  • En 2025 se introdujo una nueva deducción en el IRPF para limitar la carga tributaria que surge tras la subida del Salario Mínimo Profesional (SMI). Esta modificación, introducida por la Ley 5/2025, permite a los contribuyentes con ingresos del trabajo por debajo de determinados umbrales aplicar una deducción de hasta 340 euros sobre la cuota del impuesto cuando sus rendimientos anuales de trabajo no superen ciertos límites.
  • Desde el 26 de agosto de 2025 están exentas todas las ayudas por daños personales concedidas a las personas afectadas por los incendios forestales entre el 23 de junio y el 25 de agosto de 2025. También se incluyen las subvenciones para afectados por otras emergencias de Protección Civil.
  • Entre las reformas fiscales 2026 destaca la actualización de la imputación de las rentas inmobiliarias. Con efecto desde el 1 de enero de 2025, se fija que el 1,1 % del valor catastral se aplicará solo a aquellos inmuebles situados en municipios cuyos valores catastrales hayan sido revisados o modificados mediante procedimientos de valoración colectiva que hayan entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2012.
  • Otra de las medidas fiscales 2026 más señaladas es la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026 de la deducción en el IRPF por las obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
  • Para 2026, se mantienen los umbrales de ingresos que determinan quién puede aplicar el método de estimación objetiva (módulos) del IRPF, excepto en el caso de actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que cuentan con sus propios límites basados en el volumen de ingresos.

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COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

En Navarra, las empresas se enfrentan a importantes cambios en la normativa tributaria para 2026. La nueva normativa fiscal aprobada en Navarra introduce cambios relevantes en Impuesto sobre Sociedades, IRPF y otras figuras tributarias, con efectos principalmente desde el 1 de enero de 2026 (algunas medidas desde 2025).

La reforma fiscal introduce mayor control en la tributación mínima efectiva, vincula incentivos al empleo y sostenibilidad, y refuerza la disciplina fiscal. La planificación estratégica será clave para optimizar deducciones, inversiones energéticas y estructura fiscal.

El enfoque de la reforma combina tres grandes objetivos:

  • Incentivar el empleo y la igualdad
  • Impulsar la sostenibilidad y la descarbonización
  • Aumentar el control y la disciplina fiscal

EMPRESAS – Impuesto sobre Sociedades

Tipo reducido del 25 % (frente al 28 %) condicionado a:

  • Mantenimiento del empleo
  • No aplicar ERTE por causas económicas
  • No sanciones graves en PRL
  • Plan de igualdad registrado

Tributación mínima efectiva

Se establecen suelos del 13 %, 11 % o 10 % según tipo aplicable, limitando el impacto de deducciones por I+D+i y cine.

Nueva deducción por descarbonización

15 % por inversiones que reduzcan el consumo energético ≥ 30.000 kWh/año (límite 1,5 millones €).

Movilidad eléctrica

Se amplía la deducción a camiones N2 y N3 (base máxima 150.000 €).

Nuevo régimen para Sociedades Tenedoras

Deducción del 10 % para inversores en entidades que fomenten participación empresarial.

Exclusión de incentivos fiscales para empresas condenadas por delitos de corrupción.

AUTÓNOMOS Y PROFESIONALES

Estimación Directa Especial

El umbral aumenta a 250.000 € de facturación.

Reducción del límite de aportaciones a planes para socios (4.250 €).

Cambios en deducciones por alquiler y trabajo.

Ampliación de tramos y mayor control del cómputo de rentas.

PARTICULARES – IRPF

  • Se eleva el mínimo para no declarar a 17.000 € de rendimientos del trabajo.
  • Nuevas exenciones para ayudas a modernización de flotas (hasta 20.000 €).
  • Eliminación de la exención anterior por ayudas de aislamiento térmico (sustituida por régimen más limitado).
  • Ajustes en tabla de retenciones y ampliación del concepto de rentas para acceso a deducciones.

OTROS CAMBIOS RELEVANTES

  • Prórroga del Impuesto sobre el Patrimonio.
  • Exenciones en ITP para alojamientos colaborativos de personas mayores.
  • Nuevas obligaciones informativas sobre criptoactivos.
  • Endurecimiento en aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias.

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PAÍS VASCO

En el País Vasco, las empresas se enfrentan a importantes cambios en la normativa tributaria para los años 2025 y 2026. Estas modificaciones, aprobadas mediante diversas Normas Forales en los territorios históricos de Bizkaia, Álava y Gipuzkoa, buscan incentivar la igualdad, la sostenibilidad, la eficiencia energética y la transparencia tributaria, al tiempo que introducen ajustes técnicos en figuras como las sociedades patrimoniales o el Impuesto sobre Sociedades.

Nueva escala del ahorro

Con efectos desde el 1 de enero de 2026, se modifica la escala progresiva de gravamen aplicable a las rentas del ahorro en los tres territorios históricos. La nueva tarifa incluye tipos que oscilan entre el 19 % y el 28 %, con reducción en los tramos inferiores (hasta 50.000 euros) y un incremento en los tramos superiores. El tipo marginal máximo se sitúa en el 28 % para bases liquidables del ahorro superiores a 300.000 euros.

Transmisión lucrativa de empresa familiar

Con efectos desde el 1 de enero de 2025, se amplía a dos años el plazo para que el transmitente de una empresa familiar cese en el ejercicio de funciones de dirección y deje de percibir remuneraciones por esas funciones.

La exención por inexistencia de ganancia patrimonial se limita ahora a una única transmisión por entidad y contribuyente. Será obligatorio declarar los datos relativos a la transmisión en la declaración del IRPF.

Incremento del importe máximo de indemnización exenta

Desde el 1 de enero de 2025, el límite exento en indemnizaciones por despido pasa de 180.000 euros a 183.600 euros.

Beneficios fiscales relacionados con el teletrabajo

Las cantidades abonadas por compensación de gastos de trabajo a distancia se considerarán retribución del trabajo, salvo que se ajusten a los límites establecidos por convenio colectivo y valor de mercado. La entrega de equipos y medios necesarios no se considerará rendimiento en especie.

Nuevas deducciones para fomentar la conciliación

  • Deducciones por gastos empresariales vinculados a políticas de conciliación, siempre que exista un Plan de Conciliación.
  • Deducciones del 35 % del salario anual bruto por contratación indefinida de jóvenes menores de 36 años y mujeres, con el límite del SMI vigente.

Régimen de tributación de los alquileres de sociedades patrimoniales

  • Limitación del acceso a reducciones fiscales cuando los alquileres no respondan a fines económicos reales.
  • Tributación más exigente para evitar el uso instrumental de sociedades con fines de diferimiento fiscal.

Deducciones reforzadas en I+D+i y sostenibilidad

  • Inclusión de gastos en economía circular, eficiencia energética, descarbonización y uso de materias primas recicladas.
  • Aplicación tanto en industria como en servicios con indicadores medibles.
  • Mayor flexibilidad en la aplicación, acumulación o monetización de bases de deducción.

Bizkaia, Álava y Gipuzkoa incorporan un recargo adicional en el IS aplicable al excedente de beneficio extraordinario cuando supere la media de resultados positivos de los tres periodos impositivos anteriores.

Tributación mínima y ajustes en sociedades patrimoniales

Se establece una tributación mínima efectiva para entidades con tipo general del IS, limitando la reducción excesiva de la cuota mediante deducciones. Se elimina ventajas fiscales para estructuras sin actividad económica real.

Reducción en transmisiones inter vivos de empresas

Se amplía a dos años el plazo para que el donante cese en sus funciones de dirección tras la donación.

Donaciones en metálico para compra de vivienda

Exención en el ISD para donaciones de hasta 30.000 euros entre familiares hasta tercer grado destinadas a la adquisición de vivienda habitual por menores de 36 años. Esta medida tiene como objetivo facilitar el acceso a la vivienda a jóvenes en todo el País Vasco.