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Ayudas y Subvenciones para la inversión y creación de empleo.

Apoyo a la inversión y el empleo en 2025.

Te traemos un listado con las principales subvenciones y ayudas disponibles para autónomos en 2025, divididas en dos grupos: ayudas para financiar la inversión y el inicio de actividad, y ayudas para fomentar la creación de empleo, la contratación y la conciliación.

1. AYUDAS A LA CREACIÓN DE EMPLEO Y LA CONTRATACIÓN

a) Bonificacions a la contractació

Incentius per a fomentar l´ocupació estable mitjançant bonificacions en les quotes empresarials a la Seguretat Social.
Beneficiaris: autònoms ocupadors.
Terminis: des de la contractació. Bonificacions de fins a 3 o 4 anys, segons el col·lectiu contractat.
Import: de 110 euros a 375 euros/mes:

– 110 euros/mes per a homes menors de 45 anys desocupats de llarga durada.
– 128 euros/mes per a dones o majors de 45 anys en desocupació prolongada, persones amb discapacitat intel·lectual límit, o víctimes de violència de gènere, exclusió social o terrorisme.
– 275 euros/mes per a joves menors de 30 anys amb baixa qualificació inscrits en Garantia Juvenil.
– Fins a 375 euros/mes (o més) per a contractacions indefinides de persones amb discapacitat igual o superior al 33 %.

b) Bonificacions i reduccions per a la conciliació

Incentius a la contractació en casos de substitució temporal per causes vinculades a la conciliació familiar, així com suport a víctimes de violència de gènere o sexual.
Beneficiaris: autònoms ocupadors que contractin persones desocupades menors de 30 anys o que substitueixin a treballadores en situacions protegides.
Terminis: bonificacions aplicables durant tot el període de substitució (fins a 6 mesos en determinats casos).
Import:
– 366 euros/mes per contractes temporals de substitució vinculats a:

  • Risc durant l´embaràs o lactància natural.
  • Naixement i cura del menor.
  • Exercici corresponsable de la cura del lactant.
  • Bonificació del 100% de la quota empresarial a la Seguretat Social per contingències comunes:
  • En substitucions de treballadores víctimes de violència de gènere o sexual que suspenguin el seu contracte per mobilitat geogràfica o canvi de centre.
  • Durada màxima: 6 mesos en aquests supòsits.

2. AJUDES PER A FINANÇAR LA INVERSIÓ I L'INICI D´ACTIVITAT

a) Bonificaciones a la contratación

Incentivos para fomentar el empleo estable mediante bonificaciones en las cuotas empresariales a la Seguridad Social.
Beneficiarios: autónomos empleadores.
Plazos: desde la contratación. Bonificaciones de hasta 3 o 4 años, según el colectivo contratado.

Importe: de 110 euros a 375 euros/mes:
– 110 euros/mes para hombres menores de 45 años desempleados de larga duración.
– 128 euros/mes para mujeres o mayores de 45 años en desempleo prolongado, personas con discapacidad intelectual límite, o víctimas de violencia de género, exclusión social o terrorismo.
– 275 euros/mes para jóvenes menores de 30 años con baja cualificación inscritos en Garantía Juvenil.
– Hasta 375 euros/mes (o más) para contrataciones indefinidas de personas con discapacidad igual o superior al 33 %.

b) Bonificaciones y reducciones para la conciliación

Incentivos a la contratación en casos de sustitución temporal por causas vinculadas a la conciliación familiar, así como apoyo a víctimas de violencia de género o sexual.
Beneficiarios: autónomos empleadores que contraten a personas desempleadas menores de 30 años o que sustituyan a trabajadoras en situaciones protegidas.
Plazos: bonificaciones aplicables durante todo el periodo de sustitución (hasta 6 meses en determinados casos).

Importe:
– 366 euros/mes por contratos temporales de sustitución vinculados a:
• Riesgo durante el embarazo o lactancia natural.
• Nacimiento y cuidado del menor.
• Ejercicio corresponsable del cuidado del lactante.
– Bonificación del 100 % de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes:
• En sustituciones de trabajadoras víctimas de violencia de género o sexual que suspendan su contrato por movilidad geográfica o cambio de centro.
• Duración máxima: 6 meses en estos supuestos.

2. AYUDAS PARA FINANCIAR LA INVERSIÓN Y EL INICIO DE ACTIVIDAD

a) Capitalización del paro

Permite cobrar por adelantado hasta el 100 % de la prestación por desempleo para iniciar una actividad como autónomo o como socio trabajador de una cooperativa o sociedad laboral.
Beneficiarios: personas en situación de desempleo con prestación contributiva pendiente.
Plazos: debe solicitarse antes del alta como autónomo.
Importe: hasta el 100 % del paro restante, en un solo pago o dividido en inversión + bonificaciones.

b) Tarifa plana para nuevos autónomos

La tarifa plana es una de las bonificaciones más conocidas para nuevos autónomos. Consiste en una cuota reducida de 80 euros/mes durante los primeros 12 meses desde el alta, con posibilidad de prorrogarse otros 12 meses si tus rendimientos netos están por debajo del salario mínimo interprofesional (SMI).
Beneficiarios: personas que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) por primera vez o que no lo hayan estado en los últimos dos años (tres si ya la disfrutaron anteriormente). También pueden acceder los autónomos societarios.

Plazos:

– Se aplica desde el momento del alta.
– La prórroga del segundo año se concede de forma automática si cumples el requisito de ingresos.

Importe:

– 80 euros/mes durante los 12 primeros meses.
– Mismo importe durante otros 12 meses adicionales si los ingresos netos se mantienen por debajo del SMI.

c) Cuota Cero en algunas comunidades autónomas

Además de la tarifa plana estatal, algunas comunidades autónomas han habilitado programas adicionales conocidos como «cuota cero».
Estos programas subvencionan completamente la cuota de autónomos, cubriendo los 80 euros/mes que pagarías con la tarifa plana.
Es decir, puedes no pagar nada durante 12 o incluso 24 meses. A partir del segundo o tercer año, la cuota de autónomos se calcula según tus ingresos reales, en función de una tabla de tramos.

d) Kit Digital

Ayuda destinada a digitalizar negocios: página web, redes sociales, comercio electrónico, ciberseguridad, etc.
Beneficiarios: autónomos y pymes de hasta 49 empleados.
Plazos: convocatorias abiertas hasta el 31 de octubre de 2025.
Importe:
– 0–2 empleados: hasta 3.000 euros.
– 3–9 empleados: hasta 6.000 euros.
– 10–49 empleados: hasta 12.000 euros.

e) Líneas ICO

Préstamos con condiciones especiales (interés bonificado, avales públicos) gestionados a través de entidades financieras.
Beneficiarios: autónomos y pymes.
Plazos: solicitudes abiertas hasta agosto de 2026.
Importe: Hasta el 100 % de la inversión. Plazo de hasta 20 años y carencia de 3 años.

f) Ayudas rurales

Subvenciones europeas gestionadas a través de los programas de desarrollo rural autonómicos y la red de Grupos de Acción Local.
Beneficiarios: autónomos con actividad en zonas rurales.
Plazos: variable según convocatoria.
Importe: hasta el 40–50 % de la inversión subvencionable.